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AYUDAS A PYMES COMERCIALES

26 de mayo de 2009

Acciones apoyables


 


Actuaciones para mejorar su posición competitiva, mediante la modernización de sus establecimientos, la adquisición de equipamiento e incorporación de nuevas tecnologías y técnicas de gestión, así como la implantación de normas de calidad en los establecimientos comerciales.


 



CONCEPTO

GASTO MINIMO

AYUDA

LIMITE MAX. DE AYUDA

Adquisición de equipamiento para el almacenamiento, exposición, y/o venta del producto en los establecimientos comerciales. Así como la adquisición de licencias de software y las aplicaciones informáticas.

8.000 euros

60%

20.000 euros

Vinculación a forma asociativa.

8.000 euros

60%

20.000 euros

Gastos corrientes de la implantación de normas de calidad UNE-EN ISO 175000, 9000 y 14000 y del distintivo público de confianza en línea OPTICA WEB del comercio electrónico.

100%

 

600 euros

Los gastos de obtención del certificado, de reconocimiento de las normas citadas en el apartado anterior.

60%

 

2.000 euros

Realización del diagnóstico de punto de venta, que defina de forma justificada y razonada las inversiones y estrategias que deben llevarse a cabo en el establecimiento comercial para mejorar su posición competitiva en el mercado. Las propuestas deberán describir al menos las necesidades en: obra civil, equipamiento, introducción de nuevas tecnologías y/o servicios, normalización de imagen, estudio de accesos y recorridos internos, ahorro energético, tratamiento y eliminación de residuos y mejora de la accesibilidad

100%

 

600 euros

La realización de las inversiones definidas en los estudios de diagnóstico del punto de venta citados en el apartado anterior

8.000 euros

60%

20.000 euros


 


Beneficiarios de las ayudas


 


Podrán ser beneficiarios de las ayudas las sociedades mercantiles y los empresarios individuales, calificados como pymes o microempresas, que ejerzan o vayan a ejercer la actividad comercial o de prestación de servicios en la Comunitat Valenciana, en alguno de los siguientes grupos y epígrafes de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas, según el Real Decreto 1560/1992, de 18 de diciembre, por el que se aprueba la Clasificación Nacional de Actividades Económicas: 50.3, 51.3, 51.4, 51.53, 52 y 93.01, de los que se exceptúan 51.35, 51.46, 52.111, 52.121, 52.26, 52.31, 52.6 y 52.7.



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