AYUDAS A LAS ACTIVIDADES DE INFORMACIÓN Y PROMOCIÓN DE REGÍMENES DE CALIDAD AGROALIMENTARIA

Resumen:

Ayudas a las actividades de información y promoción de regímenes de calidad agroalimentaria, llevadas a término por grupos de personas productoras. Las ayudas se otorgarán en régimen de concurrencia competitiva.

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¿Quiénes pueden ser los beneficiarios de esta ayuda?

Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las agrupaciones u organizaciones de productores agroalimentarios, asociaciones sin ánimo de lucro o entidades instrumentales, que estén constituidas como órgano de gestión de las figuras de calidad de productos agroalimentarios.

GASTOS SUBVENCIONABLES

Las actuaciones subvencionables podrán ser las siguientes:

• Actividades promocionales: Cata comentada, degustación, presentaciones públicas (acciones para la mejora de la imagen y presentación del producto), presentaciones en puntos de venta, la identificación del producto con rótulos informativos en el lugar de venta y/o producción, y organización de jornadas técnicas y workshops, que tengan por objeto la información y la promoción.

• Actividades publicitarias: Publicidad en medios de comunicación, internet, revistas y guías especializadas, acciones de relaciones públicas y misiones comerciales, creación, diseño y actualización de páginas web publicitarias y/o redes sociales, banners, anuncios publicitarios en la red.

• Información y difusión de los requisitos técnicos y científicos sobre los productos.

• Elaboraciones de planes estratégicos: Estudios técnicos, estudios de mercado, estudios de concepción y creación de productos dentro del marco definido en el pliego de condiciones como producto amparado.

• Elaboración del material divulgativo y de promoción.

• Actividades dirigidas a organización: Patrocinio y/o participación de foros, intercambio de conocimiento entre empresas, concursos, exhibiciones, exposiciones, ferias, visitas educativas, otros eventos.

Quedan excluidas de las ayudas de este punto las siguientes actuaciones:

• Aquellas que inciten a los consumidores a comprar un determinado producto debido a su origen particular.

• Las actividades y el material publicitario en el que se mencionen empresas y marcas.

TIPO DE AYUDA

• La ayuda podrá alcanzar hasta el 70% de los gastos subvencionados realizados, sin que la cuantía máxima de las ayudas previstas pueda sobrepasar la cantidad de 100.000 euros por beneficiario y convocatoria.

• Las actividades deberán haberse iniciado después de la fecha límite de presentación de la solicitud de pago de la convocatoria anterior, y el gasto se habrá hecho efectivo en el mismo año natural de la publicación de la convocatoria. PLAZOS El plazo de presentación hasta el 23 de agosto de 2024.

PLAZOS

El plazo de presentación hasta el 23 de agosto de 2024.

Si tiene dudas a la hora de solicitar esta ayuda, contáctenos, le ayudaremos a ver cual es su mejor opción en base a sus necesidades, y a obtener esa ayuda.