Nueva Subvención: DIGITALIZA-CV
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Traser Consultores
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02/01/2026Tiempo de lectura:
10 minutos
Resumen:
El programa DIGITALIZA-CV concede subvenciones de hasta 175.000 € (45% para pequeñas empresas y 35% para medianas) a pymes de la Comunidad Valenciana para implantar soluciones de digitalización, industria 4.0, software empresarial, IA, big data y sistemas avanzados. Los proyectos deben tener un presupuesto mínimo de 20.000 €, ejecutarse entre 2025 y 2026 y pueden incluir gastos en software, hardware, consultoría y auditoría, con solicitudes abiertas del 15 de enero al 3 de marzo de 2026.

Objetivo
Subvenciones para el desarrollo de proyectos consistentes en la implantación y puesta en marcha de
soluciones encaminadas a la digitalización de la empresa solicitante.
Empresas beneficiarias
Pymes ubicadas en las Comunidad Valenciana con actividades encuadradas en alguno de los siguientes
epígrafes del CNAE 2009:
a) Secciones C, D, E y F-Divisiones 10 a 43 excepto el CNAE 4110.
b) Sección H-Divisiones 49 a 52.
c) Sección M-Divisiones 72.
Requisitos
Presupuesto subvencionable igual o superior a 20.000 €.
El plazo de ejecución de los proyectos entre el 1 de enero de 2025 y el 31 de diciembre de 2026. El
proyecto no deberá haber concluido materialmente ni haberse ejecutado íntegramente antes de
que se presente la solicitud.
Solo podrá presentarse un proyecto por empresa solicitante.
Actuaciones apoyables Digitaliza
Los proyectos consistirán en la implantación y puesta en marcha de soluciones innovadoras encaminadas a la digitalización, relacionados con una o varias de las siguientes actuaciones:
a) Adaptación a la industria 4.0, implantación de gemelos digitales, control de procesos productivos,
sistemas de captura de datos, mantenimiento preventivo, automatización, y sensorización asociados a
producto, servicio y proceso. Se considerarán:
Aplicaciones de realidad aumentada y realidad virtual con aplicación en este tipo de actuaciones.
Sistemas de Control Numérico.
Sistemas MES.
Sistemas SCADA.
Aplicaciones GMAO para facilitar el mantenimiento preventivo.
Robots industriales (norma ISO 8373).
Sistemas de visión artificial.
Sistemas automatizados de almacenamiento y logística interna.
Sistemas de fabricación aditiva e impresión 3D.
Sensorización de productos, servicios o procesos con objeto de procesar la información obtenida de
los mismos.
Implantación de PLC.
Virtualización de procesos, gemelos digitales en ámbito productivo.
Aplicaciones PLM, CAD, CAM, CAE, PDM, DFM y de soporte remoto de productos.
Soluciones de modelización y simulación.
b) Sistemas de planificación de recursos empresariales, logística interna y externa e integración de cadena
de valor horizontal y vertical, comercio electrónico (excluidos sistemas de Marketplace), así como sistemas
de información relacionados con proyectos de economía circular. Se considerarán:
Aplicaciones de gestión integrada de la información de la empresa, incluyendo entre otras ERP,
SCM, MRP y aplicaciones de Business Intelligence, analítica “big data”, integración y minería de
datos.
Sistemas CRM y aplicaciones interactivas de comercio electrónico (B2B o B2C) que integren
también facturación y logística.
c) Sistemas avanzados de seguridad, análisis de datos, inteligencia artificial, relacionados con algún ámbito
de los detallados en las anteriores actuaciones, realizadas por la empresa dentro del proyecto objeto de
apoyo o ya desarrolladas con anterioridad. Concretamente se considerarán apoyables:
Dispositivos y aplicaciones de telecomunicación.
Soluciones basadas en cloud computing.
Aplicaciones big data.
Soluciones de seguridad de la información y las comunicaciones.
Soluciones para la digitalización de productos y dispositivos para dotarlos de funcionalidad IoT.
Soluciones basadas en técnicas de inteligencia artificial.
Ayuda a fondo perdido
Ayuda a fondo pedido:
o Pequeña empresa: hasta el 45%.
o Mediana empresa: hasta el 35%.
La cuantía de subvención no podrá superar el importe de 175.000 euros.
Costes subvencionables
a) Adquisición de activos inmateriales. Software relacionado con el desarrollo de los proyectos, incluyendo,
los costes de implantación y puesta en funcionamiento. Se excluyen renovaciones, cambios de versión o
ampliaciones de software ya en uso en la empresa:
Licencias de software.
Desarrollo de aplicaciones a medida, incluida instalación y asesoramiento técnico específico.
Costes por uso de soluciones y aplicaciones (XaaS), durante el tiempo de ejecución del proyecto.
b) Adquisición de activos materiales:
Inversiones en hardware, sensores, automatismos y equipos de comunicaciones. Se excluyen
ordenadores personales y servidores, impresoras, terminales, tabletas, consolas y similares, salvo
los servidores que se declaran íntegramente dedicados a la solución objeto del proyecto, así como
en los casos en que actúen como interface para captura de datos o configuración de dispositivos.
Adquisición o adaptación de bienes de equipo exclusivamente relacionados con el proyecto.
c) Servicios externos: servicios de asistencia técnica, consultoría y equivalentes, para el diagnóstico,
planificación o definición de los servicios previstos en las actuaciones apoyables. El importe máximo
admisible será el que resulte menor de los siguientes: un 15 % del resto de costes subvencionables o 20.000
€.
d) Gastos para la elaboración del informe de auditoría, hasta un importe máximo subvencionable de 600 €,
IVA excluido, siempre que dicho coste se haya incluido en el presupuesto presentado con la solicitud de
ayuda.
Plazo de presentación
El plazo de presentación desde 15 de enero de 2026 al 3 de marzo de 2026.
Si tiene dudas sobre cualquier cuestión relacionada con la obtención de esta subvención, venga a vernos. Nuestros profesionales le aconsejarán sobre cómo actuar y sobre cualquier otra materia relacionada con esta ayuda.
