SUBVENCIÓN INNOVACIÓN COMUNIDAD VALENCIANA 2025 · Línea InnovaT
Por::
Traser Consultores
En
10/02/2025Tiempo de lectura:
5 minutos
Resumen:
Subvención para proyectos que tengan como objetivo el desarrollo de soluciones innovadoras en el ámbito de las
tecnologías de la información, de la electrónica y de las comunicaciones, cuya aplicación pueda
extenderse a diversos usuarios y no se trate, por tanto, de soluciones a medida.

OBJETO
Proyectos que tengan como objetivo el desarrollo de soluciones innovadoras en el ámbito de las tecnologías de la información, de la electrónica y de las comunicaciones, cuya aplicación pueda extenderse a diversos usuarios y no se trate, por tanto, de soluciones a medida.
El resultado final del proyecto deberá concretarse en nuevas aplicaciones, dispositivos o, soluciones, preparadas para su comercialización a terceros. Se admitirán nuevas versiones de aplicaciones, dispositivos y soluciones existentes, siempre que incorporen nuevas funcionalidades con respecto a versiones anteriores de las mismas.
Sólo podrá presentarse un proyecto por empresa en esta actuación.
REQUISITOS DE LOS BENEFICIARIOS
PYME con sede social y establecimiento de producción ubicado en la Comunidad Valenciana en el momento de la solicitud.
Desarrollar actividades encuadradas en alguno de los epígrafes de la sección C-Divisiones 26 a 30-,o Sección J – CNAE 5821, 5829, 6311, 6312 y Divisiones 61 a 62.
Contar con al menos dos personas como personal propio al segundo mes anterior a la fecha de solicitud de ayuda.
REQUISITOS DE LOS PROYECTOS
Deberán iniciarse con posterioridad al 1 de enero de 2025 y no haber finalizado antes de que se presente la solicitud.
Los resultados de los proyectos deberán tener impacto tangible en la Comunidad Valenciana.
Presupuesto subvencionable del proyecto igual o superior a 15.000 euros.
Los proyectos deberán encuadrarse en alguno de los entornos siguientes:
· Hacia un economía circular y baja en carbono
· Economía digital disruptiva
· Com. Valenciana innovadora por su origen y destino
· Innovación para las personas
TIPO DE AYUDA
Pequeña empresa: hasta el 45%
Mediana empresa: hasta el 35%
COSTES SUBVENCIONABLES
Servicios de asistencia técnica, consultoría y equivalentes, para el desarrollo de las nuevas soluciones.
Registro de derechos de propiedad industrial, otros registros y homologaciones. Únicamente serán elegibles los gastos relacionados con la ejecución del proyecto.
Activos inmateriales. Patentes, licencias, know-how o adquisición de licencias de software necesarias para ser integradas en el producto final.
Personal propio: gastos de personal técnico que participe en el proyecto. El importe máximo admisible en este concepto será 125.000 euros
Activos materiales. Componentes necesarios para el desarrollo de un prototipo verificable cuando el proyecto así lo exija y que queden integrados en el prototipo.
PLAZOS
Plazo de presentación de las solicitudes: hasta 25 de marzo de 2025
Plazo de ejecución: Entre el 1 de enero de 2025 y 30 de junio de 2026.
Plazo de justificación: Hasta el 6 de octubre de 2026.
Si tiene dudas sobre cualquier cuestión relacionada con la obtención de esta subvención, venga a vernos. Nuestros profesionales le aconsejarán sobre cómo actuar y sobre cualquier otra materia relacionada con esta ayuda.